La trata y venta de niños, la violencia y los abusos sexuales a menores son crímenes que a todos nos indignan profundamente y por los cuales demandamos las sanciones más drásticas, porque comportan vejaciones a la condición humana de la peor calaña. Aunque no les quiten la vida, hacen algo mucho peor: condenan a estas personas en formación a un largo vía crucis, un padecimiento que solo pueden superar en parte con mucha voluntad y ayuda.
Pero nada de eso está ocurriendo con una pareja de ciudadanos chilenos que han sido recluidos doce meses por la justicia peruana en una medida que no tiene nada de preventiva, sino todo de excesiva. Lejos de lo que con total irresponsabilidad anunció el Ministerio Público, no se ha demostrado que ellos formen parte de ninguna mafia, falsificado documentos o comprado ningún niño: solo se han sometido a un procedimiento conocido como “vientre de alquiler” bajo la asesoría médica y legal de una clínica especializada.
Lejos de lo que con total irresponsabilidad anunció el Ministerio Público, ellos no forman parte de ninguna mafia, no han falsificado documentos, no han comprado ningún niño, no han cometido una fechoría.
De acuerdo con lo que indica su abogado y la propia clínica que los atendió, Rosario Madueño Atalayal y Jorge Tovar Pérez hicieron de todo para poder tener hijos en su país. No lo lograron. En Perú, la clínica Concebir les ofreció esa posibilidad mediante la técnica del vientre subrogado, asunto sobre el cual la legislación peruana no ha establecido ningún criterio o procedimiento a seguir en estos casos. Es decir, nos encontramos ante lo que se conoce como un “vacío legal”.
La única mención –lejana– se encuentra en el artículo 7 de la Ley General de Salud, el cual señala que toda persona tiene derecho a recurrir a estos tratamientos de reproducción asistida siempre que “la condición de la madre genética y la madre gestante recaiga sobre la misma persona”.
Los especialistas consultados por los medios de comunicación coinciden en que esto no puede ser interpretado como una prohibición, porque ello tendría que estar indicado de manera expresa. La Constitución peruana señala en su artículo 2 que “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”.
Los especialistas coinciden en que esto no puede ser interpretado como una prohibición, porque ello tendría que estar indicado de manera expresa.
Jorge Tovar Pérez es, según su abogado y la clínica Concebir, el padre biológico de las dos criaturas nacidas el 28 de julio. Para comprobarlo, bastaría con un examen de ADN, al que Tovar está dispuesto a someterse, tras lo cual el único requisito que debería tener es el permiso de la madre biológica y alguna conciliación en que esta le ceda la patria potestad. Los ciudadanos chilenos procedieron de acuerdo con lo que los abogados de la clínica les indicaron; y si bien la ignorancia de la ley no exime a nadie de su cumplimiento, ¿de qué ley estamos hablando en este caso si existe un vacío legal y no hay impedimento?
Se puede aducir que hubo falsedad genérica en el caso de la señora Madueño, pero ¿hubo dolo realmente cuando firmó los papeles de los recién nacidos como su madre biológica, a tal punto de requerir doce meses de prisión preventiva para ambos?
¿hubo dolo realmente cuando firmó los papeles de los recién nacidos como su madre biológica, a tal punto de requerir doce meses de prisión preventiva para ambos?
Como hemos dicho, la trata y venta de niños, la violencia y los abusos sexuales a menores son crímenes que indignan profundamente y que deben ser sancionados con todo el peso de la ley. Pero este no es el caso. Y no siendo el caso, sorprende e indigna más bien que la justicia peruana proceda de una manera no drástica sino pérfida e inhumana, sumando un dolor innecesario a una pareja que ya lleva consigo el drama de no poder ser padres, y cuando la evidencia nos pone de cara a la impunidad con que los verdaderos comerciantes y violadores de menores son premiados por los tribunales peruanos con tanta frecuencia.
Ya es tiempo de que la administración de justicia y otras instancias del Estado peruano dejen de comportarse con la indolencia que los caracteriza. Hace no mucho, una ciudadana padeció el abuso de estar en prisión un mes por una homonimia, y tras ser liberada, bien gracias. ¿Quién le devuelve esos días de padecimiento para ella y su familia, quién se los compensa?
Otra mujer fue a una comisaría en Chimbote en busca de protección por las agresiones físicas de su pareja, y acaba muerta estrangulada porque se les encerró a ambos juntos. ¿Quién le retorna la vida y la madre a esos hijos que dejó en orfandad?
Ya es tiempo de que la administración de justicia y otras instancias del Estado peruano dejen de comportarse con la indolencia que los caracteriza.
Hoy, un ciudadano se queja de que el SAT del Callao le ha impuesto una multa de 16 000 soles por supuestamente presentar una licencia de circulación falsa y vencida, pero había sido un error que tardarán un mes en solucionar; mientras tanto, el camión con qué trabaja deberá seguir en el depósito y pagar por los días que permanezca internado. ¿Quién le compensa los días sin su herramienta de trabajo, los sufrimientos para su familia?
¿Qué, así no más es? Y después se preguntan por qué se busca una reforma judicial radical mediante referédum…
La cuestionada Corte de Justicia del Callao debe dar marcha atrás en esta medida desproporcionada y dejar en libertad a los esposos. El Estado peruano debe realizar sin costo el examen de ADN al ciudadano chileno, y si confirma su paternidad, entregarle a sus hijos actualmente acogidos por el Inabif. Si alguna falta cometió la pareja, se debe considerar todos los atenuantes y, sobre todo, el vacío legal, para devolverle la tranquilidad y la vida que se les vienen arrebatando tan irresponsablemente.