Escribe Manuel Cadenas Mujica
Por segunda vez en los últimos días, los jueces peruanos han aplicado el rigor de la ley de manera taxativa y clara en dos casos en que se pretendía seguir abusando de las libertades de opinión y expresión para realizar propaganda prosenderista. Primero fue la decisión de autorizar la demolición del cementerio levantado en Comas, ahora el rechazo a la solicitud de archivamiento por prescripción de la denuncia contra los dirigentes del Movadef acusados del delito de apología al terrorismo.
Manuel Fajardo, Alfredo Crespo, Alberto Mego y Oswaldo Esquivel pretendían señalar, además, que el hecho denunciado no constituía delito. El Tribunal citó el artículo 316 inciso 2 del Código Penal para descartar tal mentira:
“Si la apología se hace de delito de terrorismo o de la persona que haya sido condenada como su autor o partícipe, la pena será no menor de seis ni mayor de doce años. Si se realiza a través de medios de comunicación social o mediante el uso de tecnologías de la información y comunicaciones, como Internet u otros análogos, la pena será no menor de ocho ni mayor de quince años; imponiéndose trescientos sesenta días multa e inhabilitación conforme a los incisos 2, 4 y 8 del artículo 36 del Código Penal”.
Los jueces René Martínez Castro, Edhin Campos Barranzuela y Hans Contreras Cuzcano ratificaron así el auto de junio de 2016 de la Sala Penal Nacional, que declaró infundada la excepción de naturaleza de acción que habían solicitado los representantes del Movadef ante la denuncia fiscal de que los dirigentes del movimiento de fachada senderista eran los responsables de redactar y publicar el Periódico Marxista Leninista Maoísta Amnistía General, cuya edición del 25 de septiembre de 2010 (año 1, número 1) se ofreció en venta el 12 de octubre de 2010 cerca a la Plaza Bolívar, durante una marcha de gremios de trabajadores al Congreso de la República.
En ese periódico, en las páginas 6 y 7, aparecía un “especial” con fotos de Abimael Guzmán y de su esposa Elena Iparraguirre, con el texto: “El Dr. (Abimael) Guzmán es el más grande intelectual, filósofo, científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época”. La apología es clara.
Si bien todavía no se ha sentenciado a los presuntos autores del delito, esta decisión judicial, de la mano con la orden de demolición del mausoleo senderista, marca un precedente importante. La administración de justicia peruana, dentro de los márgenes democráticos y en el ejercicio pleno del estado de derecho, envía un mensaje tranquilizador a la sociedad: no se caerá más en el juego perverso con que estas agrupaciones terroristas y proterroristas sacaron ventaja de las libertades y derechos consagrados en la Constitución Política para, precisamente, socavar las bases sobre las que estas se construyen, que es el imperio de la ley.
La lucha antiterrorista tomó un giro dramático a fines de los años 80, que condujo al apresamiento de los cabecillas del terror y la desarticulación de su aparato político y militar, precisamente cuando la inteligencia policial comprendió su modus operandi y la estrategia meticulosamente aplicada por Abimael Guzmán y sus secuaces para burlar todos los filtros y candados que la ley establecía, y aprovechar más bien todos los resortes sociales y todos los vacíos legales a su favor. Una lección que, lamentablemente, la mayoría de los peruanos o ha olvidado o nunca ha conocido porque nadie se lo ha enseñado…
O porque prefieren olvidarlo, como Gregorio Santos, quien en días recientes se ha mostrado solidario con los firmantes por el Movadef porque dice que no se les puede negar el derecho de opinión, como si ese fuera el caso. O como el congresista Manuel Dammert, quien junto con otros diputados de los años 80, realizó una huelga de hambre en el Congreso reclamando amnistía para los “presos políticos” de Sendero Luminoso. Asunto que la memoria nacional jamás debe olvidar. O como a quienes parece poca cosa que cinco mil maestros sean simpatizantes o militantes de Movadef o Proseguir; olvidadizos selectivos como el fujimorista Becerril.
Una de las lecciones aprendidas aquella vez fue que, de acuerdo con el llamado “Pensamiento Gonzalo” –basado en las enseñanzas del Libro Rojo de Mao–, un senderista jamás debe admitir su militancia ni sus nexos (como hubiera hecho con orgullo cualquier guerrillero castrista o guevarista, por ejemplo), porque mentir con total cinismo como instrumento está plenamente justificado para el fin revolucionario. Para un senderista, negar todo siempre no es traición, no debía sucumbir a los valores burgueses sensibleros. La misma razón por la que matar encontraba pleno sentido para su delirante doctrina.
¿Cómo se puede asegurar que quien declara públicamente su admiración por Guzmán, como en el periódico que ha dado lugar al proceso judicial, y quienes les hacen la venia y firman a favor, como aquellos cinco mil maestros, no suscriben todos los términos del “Pensamiento Gonzalo”, si aquel ha dicho que la circunstancia adversa que ahora viven es apenas “un recodo en el camino”? ¿Que asegura que, dada la coyuntura propicia, no salgan de ese recodo?
Ciertamente todo peruano tiene derecho a la participación política, a las libertades de opinión y expresión que consagra la ley de leyes. Pero a lo que no tiene derecho, como señala con claridad el Código Penal, es a hacerlo dando vivas directas o indirectas al terrorismo encarnado en Sendero Luminoso u otros grupos similares, ni a quienes fueron condenados por ese delito como autores o partícipes, pues aquello es una ofensa a todo el país, a la memoria de las decenas de miles de víctimas de su insania asesina.
Por una vez resulta satisfactorio saludar una decisión del Poder Judicial que se alinea con el más acrisolado sentido de justicia y con los sentimientos de dolor de todo un país, todavía en carne viva.