El Colegio de Periodistas de Lima ha abierto un debate público con la publicación de un comunicado, en que asegura que la televisión peruana “vuelve a estar en el banquillo de acusados” por haber revelado y publicado nombre, fotos y videos de la menor secuestrada, violada y asesinada por un depravado sexual.

Según el colegiado, la niña se encuentra amparada por el sistema de tutela jurídica establecida en el Código de los Niños y Adolescentes, respaldada por el Tribunal Constitucional. Y que, por tanto, se ha producido un atentado “contra la ley, la razón, el buen nombre y la dignidad de los niños y niñas del Perú”, que esta institución periodística condena.

¿Es así? ¿Han incurrido los medios de comunicación que hicieron esas publicaciones sobre esta niña y sobre otros menores en las faltas éticas y jurídicas que el Colegio les imputa? ¿Están obligados los canales o periódicos a reservar el nombre de los niños o adolescentes en estos casos, sus fotografías o videos?

La protección legal de los nombres y rostro de menores de edad cesa con su fallecimiento. Pero su buena memoria debe preservarse, como la de todo ser humano.

El Colegio de Periodistas de Lima tiene toda la razón sobre la existencia de esa normativa expresa e inexcusable; sin embargo, ha pasado por alto un aspecto que resulta medular para este caso en particular: que la menor secuestrada, violada y asesinada por el depravado sexual precisamente se encuentra en condición de fallecida y eso lo cambia todo.

Expliquemos: todos los seres humanos tenemos derecho a la identidad, al honor, al buen nombre, a la privacidad. Pero en el caso de los menores de edad, se añade otro bien que custodiar: su integridad física y moral. Ellos no están en capacidad de hacerlo; por tanto, la sociedad, empezando por sus padres, asumen ese compromiso.

Ese es el sentido que recoge el Código de los Niños y Adolescentes. Con el fallecimiento, ya no hay forma de proteger ese bien: la muerte es el fin de la integridad física y de la integridad moral, que es indesligable de la primera. De modo que, como señalan los especialistas consultados, la ley ya no prohíbe esa divulgación.

Hubo mucha controversia en el caso de Alessandra Chocano, pero además del cese de la protección legal, ella ya era un personaje público.

Nadie puede negar que existan sensibilidades al respecto, pero no se relacionan con la protección de la integridad física y moral de este niño, que ya cesó. Un dato más al respecto: de acuerdo con estos mismos especialistas en derecho familiar, no existen casos de quejas o demandas al respecto por parte de los deudos.

Es más: la experiencia periodística verifica que son muchas veces los propios padres o familiares quienes proporcionan las fotos y videos a los medios en un legítimo interés social de promover la prevención sobre esta clase de delitos y, por otra parte, como una manera de vindicar públicamente la memoria de sus pequeños.

Otro asunto, de naturaleza moral más que ética –porque quién puede establecer la motivación de las personas– es la intención y destino que se puede dar a esta divulgación por parte de los medios de comunicación, que lejos de condolerse por la situación de la familia y la gravedad del crimen, solo busquen solazarse en una mórbida exhibición.

Comunicado del Colegio de Periodistas de Lima.

En este último caso, sí cabría por parte de los deudos apelar al derecho a la buena memoria del menor fallecido, como parte de los derechos al honor y a la buena reputación de que gozó en vida y a la de sus propios familiares, pero ya no en función de su minoría de edad, sino en su llana condición de persona humana.

Hay todavía un aspecto más que pone en entredicho el comunicado del Colegio de Periodistas de Lima: antes de ser hallada muerta, María Jimena fue reportada como desaparecida por sus padres a la Policía Nacional. ¿De qué manera podría haberse cumplido con encontrarla si no se hubiese divulgado su rostro en fotos y videos?

Es desde luego importante que el colegiado periodístico manifieste su interés en contribuir a la moderación de la cobertura periodística, a fin de que se ejerza la profesión de manera ética y ajustada a la normativa legal. Pero debe hacerlo con sumo cuidado, porque una imprecisión como esta no suma a su valiosa tarea.

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