DE ACUERDO / Por Mg. Carlos Castillo Rafael

 

El filósofo estadounidense Richard Rorty decía: “Si cuidamos la libertad, la verdad se cuidará a sí misma”. Pero cuidar la libertad no es nada fácil. A veces, incluso, a la libertad se la debe proteger de sí misma.

 

Por ejemplo, antes de 2006 podíamos manejar, con impunidad, sin el uso debido del cinturón de seguridad, acción temeraria que ponía en peligro la propia vida. Por el decreto supremo 027—2006—MTC estamos obligados a usar dicho cinturón hasta en los asientos posteriores del vehículo. Igual, otras leyes cuidan, o cultivan, nuestra libertad mediante la obligatoriedad de sufragar o depositar nuestro dinero en un fondo de pensión.

Las leyes no oprimen nuestra libertad: la cuidan, hacen posible su irrevocable ejercicio. La Ley de Conciliación, Ley 26872, establece el carácter obligatorio del intento conciliatorio. Si una persona tiene un conflicto de naturaleza conciliable, (versa sobre derechos patrimoniales o de libre disposición) entonces para intentar superarlo debe hacer uso primero de la conciliación extrajudicial. Solo de no alcanzar un acuerdo, las partes, podrán judicializar su controversia.

A falta de una cultura de paz, aplastados bajo el predominio de una cultura de la violencia y del litigio, ante la indomable carga judicial, la obligatoriedad de la conciliación es una forma de auto educarnos en pro de la práctica del diálogo, de la generación de consensos, del uso habitual y persistente de formas pacíficas y no estatales de gestión de controversias.

A falta de una cultura de paz, la obligatoriedad de la conciliación es una forma de auto educarnos en pro de la práctica del diálogo, de la generación de consensos.

¿Qué pasaría si se elimina la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad, de sufragar o de guardar dinero para la jubilación? ¿Qué pasaría si se elimina la obligatoriedad de la conciliación? Como en los demás casos, se perdería la libertad de tener bienes jurídicos protegidos: la vida, la democracia, una vejez digna. En el caso de la conciliación, una paz que nos merecemos.

Ley 26872, establece el carácter obligatorio del intento conciliatorio (Foto: internet).

Desde el primer gobierno del expresidente Fujimori (que dio la ley de conciliación), pasando por el segundo gobierno del expresidente García (que la mejoró radicalmente), los gobiernos han sabido promover la obligatoriedad de la conciliación, que aún no lo es en todo el Perú, sino solo en la quinta parte de sus provincias.

Sin embargo, el reciente Proyecto del nuevo Código Procesal Civil (promovido extrañamente por el propio Ministerio de Justicia, serio impulsor de la obligatoriedad de la conciliación desde hace años) debilita esa libertad de elegir una opción no judicial para superar nuestras diferencias, y de permitir que las mayorías de peruanos accedan a espacios de justicia, célere y económica, que tanta falta hace para democratizar las serias aspiraciones de libertad.

El reciente Proyecto del nuevo Código Procesal Civil debilita esa libertad de elegir una opción no judicial para superar nuestras diferencias.

Más que un proceso reglamentado por el Estado, que engulla de manera voraz —y la más de las veces, inútil— nuestro tiempo, esfuerzo y recursos (al ralentizar la justicia del juez), necesitamos más autonomía de la voluntad, auspiciada por la sociedad civil, para que los ciudadanos nos podamos hacer cargo, gracias a una conciliación mejorada y robustecida, de nuestras infaltables diferencias.

 

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