La defensa quiso sacarlo del camino, pero el recurso de recusación no procedió. Finalmente, el juez dirimente Jesús Neyra Flores, llamado por la Segunda Sala Penal Transitoria para emitir una resolución final en el caso del exalcalde del Callao Alex Kouri, escuchó los alegatos del abogado Alberto Bramont Arias y del procurador de la Contraloría de la República, Jaime Ortiz, y dejó al voto el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a Kouri a cinco años de prisión por “colusión desleal” en el caso “Convial”, el de la “vía expresa” del Callao y sus famosos peajes.
Se trató de una “audiencia de vista de causa de discordia” debido a que la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema no había alcanzado los cuatro votos que se necesitan para emitir una resolución.
De los cinco integrantes de la Sala, tres se pronunciaron por confirmar la sentencia condenatoria (Jorge Calderón Bayardo, Luis Cevallos Vegas e Iris Pacheco Huancas), uno votó a favor de anular el proceso (Carlos Ventura Cueva) y realizar un nuevo juicio oral, y otro a favor de absolver a Kouri (Zavina Chávez Mella).
FALLOS POLÉMICOS
En el caso del magistrado Carlos Ventura Cueva, favorable a que se anule el proceso contra Kouri, no es la primera vez que se asocia su nombre a una decisión polémica: en 2010 fue suspendido por la OCMA al haber dispuesto mediante un hábeas corpus el archivo de la investigación por lavado de activos provenientes del narcotráfico a miembros de la familia Sánchez Paredes, en su calidad entonces de vocal de la Sala Penal de Reos en Cárcel de Lima.
Su decisión obligó a la Fiscalía a archivar la investigación por vulneración del plazo razonable y no especificar la modalidad del supuesto lavado de activos.
Antes, incluso, esa misma sala había fallado dos veces en favor del clan liberteño: primero, a favor de los hermanos Alfredo, Orlando, José y Silvia Sánchez Miranda, con lo cual se les separó de la investigación fiscal, y luego de Orlando Sánchez Paredes, a quien se le libró de la investigación.
De acuerdo con la OCMA, dicha sala incurrió en faltas graves e irregularidades al usar argumentos de la defensa y no tomar en cuenta la posición de la Fiscalía y la Procuraduría.

DEFENSA Y ATAQUE
El juez Neyra Flores, reconocido jurista que ha escrito ampliamente sobre los nuevos procedimientos penales, escuchó al defensor Bramont Ariasm, para quien en la condena por colusión desleal que impuso a Kouri la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima se aplicó “un tipo penal agravado que no existía en el momento de la comisión de los hechos, en el año 1999”.
El procurador Ortiz Rivero rebatió ese punto señalando que la figura ya estaba vigente en el artículo 384 del Código Penal, que establece la figura de la colusión. Además, resaltó que la sentencia demuestra que el exalcalde usó su cargo para firmar un contrato concertado con Convial y favorecerla con seis adendas.
Luego la defensa argumentó que un informe pericial contable concluye que no existió perjuicio patrimonial contra la Municipalidad Provincial del Callao porque no se desembolsó dinero en favor de Convial, encargada de la obra y del cobro del controvertido peaje por un kilómetro de vía. A lo que el procurador señaló que tal documento es solo un informe financiero para el que “no hubo perjuicio para el Estado porque el dinero (42 millones de soles) fue pagado por los funcionarios”, sin considerar que miles de peruanos fueron afectados al tener que pagar peaje por una obra que no existió.
Si Neyra Flores adhiere a la votación mayoritaria, el exalcalde Kouri deberá terminar de cumplir su condena. Caso contrario, si adhiere a alguna de las dos votaciones minoritarias, deberá convocarse a un nuevo juez dirimente.